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La jornada congregó un gran número de profesionales
15/06/2017

EL CONTROL DEL TIEMPO DE TRABAJO Y EL REGISTRO DE JORNADA

Organizada por el Colegio en colaboración con la Inspección Trabajo y Seguridad Social, la Jornada formativa sobre el control horario en las empresas despertó gran interés entre el colectivo.

En su intervención, el jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Las Palmas, Andrés Fernández Temprano, analizó la sentencia y recomendó, ante posibles eventualidades que se tengan que dirimir en los juzgados, disponer y custodiar el control horario.
Fernández analizó el artículo 35 del ET y las sentencias de la Audiencia y del Supremo con los votos particulares, dejando claro que esta sentencia no afecta al registro de horas a tiempo parcial ni a los trabajadores del transporte terrestre, marítimo ni ferroviario, ya que tienen su propia normativa.
Puntualizó también que el art. 35 vuelve a estar como antes, por lo que la carga de la prueba la vuelve a tener el trabajador. Así que en caso de reclamación de horas, si la empresa no aporta las pruebas que digan otra cosa, no dejará de tener valor la prueba aportada por el trabajador (aunque se trate de una prueba testifical).
Al término de su exposición se produjo el turno de preguntas en el que hubo numerosas intervenciones por parte de los asistentes. Las respuestas más destacadas se produjeron en relación a las empresas que han sido sancionadas por no llevar el registro, a lo que Fernández sugirió que presentaran recurso.
Y señaló que el registro de horas a tiempo parcial no puede estar cumplimentado con las horas ya reflejadas a ordenador antes de firmar, ni cumplimentadas las horas con la letra del empresario y la firma del trabajador.


EL CONTROL DEL TIEMPO DE TRABAJO Y EL REGISTRO DE JORNADA

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