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Boletín Oficial del Estado: viernes 12 de enero de 2024, Núm. 11
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BOC 28/12/23 4364 ORDEN de 26 de diciembre de 2023, por la que se determinan las fiestas locales propias de cada municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2024.
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empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones. -Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo
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sector de pastas, papel y cartón.- Acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal
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ciclo integral del agua.- Acuerdo sobre medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, del VII Convenio colectivo estatal
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empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones. -Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo
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04/08/2015
El Colegio y ESFOCC suscriben un contrato de publicidad en la webLA ESCUELA SUPERIOR DE FORMACIÓN Y CUALIFICACIÓN OFRECE SUS SERVICIOS A TRAVÉS DE LA WEB DEL COLEGIO
El presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Gran Canaria y Fuerteventura, José Ramón Dámaso, y el director general de la Escuela Superior de Formación y Cualificación, ESFOCC (http://esfocc.com), José Daniel Álvarez Benítez, han suscrito un contrato de publicidad, mediante el cual la ESFOCC dará a conocer sus servicios a través de la web del Colegio. La ESFOCC es una empresa especializada en formación, certificados de profesionalidad, contratos para la formación y el aprendizaje y adaptación a la LOPD. Benítez explica que la actividad se centra en la gestión integral de la formación, para lo cual, disponen de un equipo de profesionales que cuentan con una larga experiencia en el mundo de la formación especializada, para empresas e instituciones públicas. El catálogo de cursos abarca las áreas profesionales de la hostelería, atención al cliente, comercial y ventas, comercio electrónico, dirección de empresas, finanzas emprendedores, habilidades directivas, impuestos y seguros, idiomas, informática – ofimática, formación en prevención, laboral, legislación, construcción, sanidad, marketing, nuevas tecnologías y recursos humanos. José Ramón Dámaso indicó que, como viene siendo habitual con la inserción de publicidad en la web del Colegio, los ingresos derivados de este contrato redundarán en la mejora de la gestión del Colegio que beneficiará, por ende, a todos sus Colegiados.
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30/07/2015
La Mutua pondrá a disposición del Colegio su red de centros administrativos y asistenciales y colaborará en los actos formativos.EL COLEGIO Y LA MUTUA FRATERNIDAD MUPRESPA ESTABLECEN UN CONVENIO DE COLABORACIÓN
El presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Gran Canaria y Fuerteventura, José Ramón Dámaso, y la Subdirectora General de la Mutua Fraternidad Muprespa (https://www.fraternidad.com), Natalia Fernández Laviada, han suscrito un convenio de colaboración entre ambas entidades. La Mutua colaborará con los actos que organice el Colegio con el fin de formar e informar sobre la normativa en materia laboral y prevención de riesgos laborales, entre otras. Por su parte, Natalia Fernández destacó que Fraternidad Muprespa pone a disposición del Colegio su red de centros administrativos y asistenciales, propia y concertada. Tanto Dámaso como Fernández se congratularon por este convenio, de un año de duración prorrogable, que beneficiará a ambas entidades ampliando la oferta del Colegio.
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30/07/2015
Nota informativaSERVICIO CANARIO DE EMPLEO
En relación al programa de Fomento del Empleo Cheque Trabajo 2015, se informa de lo siguiente: 1. BASES REGULADORAS: El programa está regulado al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 18 de mayo de 2015, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo (SCE) por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria del programa de Fomento del Empleo “Cheque-Trabajo” para el ejercicio 2015 (BOC nº 96 de 21/05/2015). Consiste en un título al portador/a, cuyo titular es la persona demandante de empleo, y adopta la forma de subvención directa a favor de aquella empresa que decida contratarle. Objeto: Incentivar la contratación de las personas titulares del Cheque-Trabajo, que tengan el título en vigor (vencen el 31/10/2015) y que estén inscritas en el SCE como demandantes de empleo desempleadas en el momento de la contratación. Cuantía de la subvención: 4.500,00 € POR CONTRATACIÓN, O COMPROMISO DE CONTRATACIÓN, QUE GARANTICE UNA DURACIÓN MÍNIMA DE 2 AÑOS. 2.500,00 € por contratación, o compromiso de contratación, que garantice una duración mínima de 6 meses. Por contratos a tiempo parcial: el importe será proporcional a la duración de la jornada, que no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria completa. 2 .PERSONAS TITULARES DEL CHEQUE-TRABAJO. Mediante Resolución de 25 de junio de 2015, del Director del SCE, publicada en el (BOC nº 128, de 03/07/2015), se resuelve el reconocimiento de los títulos Cheque-Trabajo. En su Anexo I se recoge la relación de personas a las que se les reconoce el título, que asciende a 360. 3. OFERTA DE EMPLEO específica ante el SCE: - Las empresas que estén interesadas en contratar a las personas titulares del Cheque-Trabajo, podrán presentar oferta de empleo, a través de la web: http://www.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/sce/contenido_web_estatico/el_sce_oficina_virtual_servicios_presentacion_on_line_ofertas_empleo, cumplimentando el formulario disponible al efecto e indicando en el campo “Otros Datos” la referencia “contratación titulares del Cheque-Trabajo”. 4. INFORMACIÓN sobre el programa Cheque Trabajo 2015: -En la página web del SCE (http://www.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/sce), estando expuestas las citadas resoluciones relativas al programa, a través del acceso dirigido a las empresas (Busco Subvenciones). Asimismo, se adjunta al presente correo una ficha informativa en la que se recogen las características de la subvención en el marco del programa Cheque-Trabajo 2015. 5. INFORMACIÓN ADICIONAL; -Tfnos de contacto: 922-47-78-98 y de la Unidad de información al empresariado: 922 237534; 922 237546 y 928 455977.
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29/07/2015
Novedades LegislativasLEY 23/2015, ORDENADORA DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
La Ley 23/2015, DEROGA la Ley 42/1997, de 14 noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con la que se configuró por primera vez un Sistema de Inspección del cumplimiento de la normativa de Trabajo y de Seguridad Social. La nueva norma continua el Sistema generado por la Ley 42/1997 que ha resultado de gran utilidad aunque, con el paso del tiempo se han producido nuevos aspectos que han hecho necesaria una “renovación” del marco normativo de la ITSS.
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