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Nota informativa SCE
28/02/2012

MODIFICACIÓN DE LA APLICACIÓN CONTRAT@

Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, desde el próximo 29 de febrero se modifica la aplicación Contrat@ para permitir la comunicación de los contratos (1) y transformaciones contemplados en dicho Real Decreto-ley.

- Contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores.
Se podrán acoger empresas de menos de 50 trabajadores. Para ello se habilita un check “Apoyo a Emprendedores” en los contratos códigos 100, 300, 150 y 350 con fecha de inicio a partir del 12 de febrero de 2012 y se solicitan los siguientes datos:

Deducción fiscal
Se debe seleccionar si la empresa tiene derecho a alguna de las posibles deducciones, para lo cual se presentan las siguientes opciones:

1. Primer contrato de trabajo celebrado con trabajador menor de 30 años por empresas que tengan 50 trabajadores o menos
2. Contrato con desempleado beneficiario de contributiva
3. Contrato sin deducción fiscal

Bonificación
Los contratos código 150 y 350 podrán además bonificarse por una de las siguientes causas:

1. Trabajadores desempleados e inscritos como demandantes con edad entre 16 y 30 años ambos inclusive, contratados por empresas que tengan 50 trabajadores o menos
2. Mujeres desempleadas e inscritas como demandantes con edad entre 16 y 30 años ambos inclusive, contratadas para ocupaciones subrepresentadas
3. Trabajadores desempleados mayores de 45 años inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, contratados por empresas de que tengan 50 trabajadores o menos
4. Mujeres desempleadas mayores de 45 años inscritas en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, y contratadas para ocupaciones subrepresentadas
En el supuesto de no cumplir alguna de las validaciones requeridas para la comunicación de los datos este contrato, éste se grabará con el error correspondiente

- Transformaciones en indefinido
Para las transformaciones en indefinidos de contratos de prácticas (códigos 420-520), relevo (códigos 441-541) y jubilación especial a los 64 años (código 980), con fecha de inicio igual o mayor al 12 de febrero de 2012, por empresas de menos de 50 trabajadores, se podrá seleccionar bonificación por:

1. Transformación en indefinido, hombres
2. Transformación en indefinido, mujeres

- Derogaciones
- Con la entrada en vigor del RDL 3/2012 queda se deroga la bonificación para transformaciones de contratos temporales a la reincorporación tras la Maternidad o Excedencia por cuidado de hijo.

- Igualmente queda derogada la Disposición Adicional Primera de la Ley 12/2001 , de medidas de fomento del empleo.

* Se implementan todas las modificaciones en las 4 opciones de comunicación de la Aplicación.

(1) Las Reducciones de las cuotas en los contratos de Formación para el Aprendizaje, se habilitará próximamente


MODIFICACIÓN DE LA APLICACIÓN CONTRAT@

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