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Nota informativa SCE
22/03/2012

CONTINUACIÓN - Real Decreto-ley 3/2012

Desde el 22 de marzo se adecua la Aplicación Contrat@ para que se pueda comunicar, consultar y en su caso corregir los datos de los contratos para La Formación y el Aprendizaje, y las posibles Transformaciones en Indefinido de los mismos.

- Contrato para la Formación y el Aprendizaje, contratos con código 421 con fecha de inicio igual o mayor al 12 de febrero de 2012, se regirá por las siguientes reglas:

1. La edad del trabajador estará entre 16 y 25 años, si bien hasta que la tasa de desempleo de nuestro país se sitúe por debajo del 15% se podrá celebrar con menos de 30 años. En el supuesto de concertarse con un trabajador discapacitado, no habrá topé de edad.

2. La duración del contrato será mínima de un año y máxima de tres, si bien por convenio colectivo se podrán establecer otras duraciones, no pudiendo la mínima ser inferior a seis meses ni la máxima superar los tres años.

3. El tiempo de trabajo efectivo, no podrá ser superior al 75% durante el primer año.

4. Si el contrato se realiza con un desempleado e Inscrito en Oficina de Empleo, se tendrá derecho a una Reducción en las cuotas empresariales de la Seguridad Social por contingencias comunes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional. Este dato se capturará marcando el chek-reducción de cuotas, que dará lugar a una ventana donde seleccionar: - Colectivo de Reducción: "Desempleados inscritos en oficina de Empleo", y Porcentaje Reducción de cuotas: - 75% empresas de 250 trabajadores o más. - 100% empresas de menos de 250 trabajadores

5. ANEXOS, se podrán comunicar desde la tarea: "Datos del Anexo de Formación" los datos necesarios de los ANEXOS de acuerdo para la actividad formativa en contrato para la Formación y el Aprendizaje, según las Disposiciones transitorias séptima y octava punto 1 del Real Decreto-ley 3/2012.

ANEXO I: Acuerdo para la actividad formativa en contrato para la formación y el aprendizaje en los supuestos que exista título de FP, certificado de profesionalidad y centro disponible.

ANEXO II: Acuerdo para la actividad formativa en contrato para la formación y el aprendizaje en los supuestos en que no exista título de FP, certificado de profesionalidad o centro disponible.

Se solicitaran los siguientes datos:

- CIF del Centro
- Nombre del Centro
- Domicilio del centro
- Municipio del centro
- Código Postal del Centro
- Modalidad Formativa: Presencial - Distancia - Mixta- Teleformación
- Actividad Formativa: Certificado de Profesionalidad -Titulo de Formación Profesional - Ocupación Objeto del Contrato
- Existe Centro Disponible Acreditado si/no
- Datos específicos del ANEXO I: Tipo de Centro: Centro Sistema Educativo - Centro Acreditado por CCAA - Centro Acreditado SEPE. (Solo se podrá seleccionar uno de ellos)
- Datos específicos del ANEXO II: Centro Autorizado SEPE : Nº de Centro (campo numérico de 10 posiciones, 2 de provincia y 8 de número). Dato obligatorio, solo se validará el formato
(Durante unos días, Al comunicar el ANEXO, el BOTON- IMPRIMIR no estará disponible, es decir no se podrá obtener el PDF).

- Transformación de contratos en Indefinidos, las empresas que transformen en indefinido desde el 12 de febrero los contratos para la Formación y el Aprendizaje, cualquiera que sea su fecha de celebración, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros/año, durante tres años, en el caso de mujeres esta reducción será de 1.800 euros/año.

Este dato se capturará marcando el chek-reducción de cuotas, que dará lugar a una ventana donde seleccionar - Colectivo de Reducción :

- Transformación a Indefinido contrato Formación /Hombre
- Transformación a Indefinido contrato Formación /Mujer


CONTINUACIÓN - Real Decreto-ley 3/2012

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